Recomendaciones, responsabilidades y obligaciones de las entidades promotoras de la Cooperación Técnica Pública Descentralizada.
La participación de empleados públicos en acciones de Cooperación Técnica promovidas por las administraciones públicas, sus organismos o las redes de las que forman parte conlleva una serie de obligaciones y responsabilidades frente a los mismos por parte de estas administraciones y las entidades promotoras.
Estas pueden ser diferentes en función de la modalidad bajo la que se realice (voluntariado o no) estableciéndose obligaciones específicas en cada caso, especialmente cuando las intervenciones suponen un desplazamiento al extranjero.
Con carácter general podemos señalar como principales recomendaciones:
Informar sobre los distintos aspectos de la actividad en la que se va a participar
En primer lugar, es importante señalar la necesidad de documentar todo el proceso y de informar por escrito de forma clara todos los aspectos de la participación tanto a nivel técnico como las condiciones de realización de la misma y el contexto geográfico, social y cultural de la misma:
- Contenido y condiciones de la actividad y figura jurídica bajo la que se realiza: es necesario especificar qué aportación técnica se demanda, durante cuánto tiempo y en qué horario, así como en qué condiciones de prestación del servicio bajo que remuneraciones y en qué condiciones de indemnización o coberturas de posibles gastos relacionados.
- Lugar de la intervención, medios de viaje e itinerarios: indicando lugar o lugares se realizará la intervención, itinerarios de viaje y desplazamientos necesarios y medios para la realización de los mismos.
Informar sobre datos relevante del país de destino. Ficha país
Es recomendable igualmente proporcionar una ficha del país o territorio destino de la intervención que recoja toda la información relevante. El Ministerio de Asuntos Exteriores tiene información específica y recomendaciones sobre los distintos países recogiendo recomendaciones de viaje, indicaciones sanitarias, alertas o problemas de seguridad y otras recomendaciones. Esta información debe ser complementada por la información más específica sobre el territorio o municipio de destino y sobre la propia institución destinataria.
Como mínimo esta información debe recoger:
Vacunas y profilaxis
Cualquier viaje a un país extranjero, especialmente a aquellos que son objeto de cooperación internacional por contar en muchos casos con inadecuadas condiciones de salud o crisis sanitarias implica un riesgo sanitario. A fin de minimizar el mismo se deben seguir las recomendaciones sanitarias recogidas por le Ministerio de Asuntos Exteriores y por el Ministerio de Sanidad. Es requisito ponerse en contacto con el servicio de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad para obtener información actualizada que se debe trasladar al personal técnico cooperante a fin de que proceda a las vacunaciones y medidas preventivas indicadas.
A su vez es obligación del personal técnico cooperante comunicar cualquier condición sanitaria que pudiera suponer un riesgo añadido, así como valorar la disponibilidad de determinados medicamentos en el país de destino y las condiciones para su ingreso al país de ser necesario.
Medidas de prevención en materia de salud e higiene
Es necesario además elaborar una guía de recomendaciones de prevención e higiene en relación con cuestiones como:
- El tipo de alimentos que no es recomendable ingerir en relación con su composición o preparación.
- El acceso al agua tanto para consumo como para lavado de manos.
- Los métodos de prevención de picaduras de diversos insectos.
- La protección solar.
- La profilaxis química de determinadas enfermedades
- El material sanitario mínimo recomendable para el viaje y las posibilidades de acceso al mismo en el país.
Información sanitaria en el país de destino y seguros
Es también proporcionar información sobre la forma de acceder a los recursos sanitarios del país de destino de ser necesario, así como la forma de comunicar incidencias y solicitar asistencia a los seguros contratados.
Medidas de Seguridad
En muchas ocasiones los países objeto de intervenciones de cooperación internacional pueden vivir situaciones de conflicto armado en determinadas zonas, presencia de crimen organizado o niveles muy altos de criminalidad en determinadas zonas. El Ministerio de Asuntos Exteriores informa sobre esta situación, debiendo de trasladar estos informes al personal técnico cooperante, así como las recomendaciones sobre zonas a evitar, horarios y principales medidas de seguridad, así como la forma de proceder en caso de cualquier incidente.
En el mismo ámbito se encuentra la prevención de posibles accidentes en el desplazamiento ya que pueden encontrarse índices de accidentes muy elevados en determinados transportes, así como vías de comunicación de mayor o menor peligrosidad.
Comunicaciones
Un elemento básico para la seguridad y la minimización de riesgos es la posibilidad de mantenerse comunicado, a este fin es importante informar al personal técnico cooperante de los medios para el acceso a telefonía e internet en el país de destino, ya sea a través de itinerancia o con compañías locales, costes y procedimientos necesarios.
Presencia institucional de la Cooperación Española en el país
Otro elemento básico es informar de cuáles son los referentes institucionales de España en el país, a nivel de Embajada y posible Consulados como a nivel de Cooperación Internacional (AECID), incluyendo direcciones, correos electrónicos y teléfonos y los procedimientos para informar de la actividad relacionada y comunicación de incidencias.
Seguros de viaje, accidente, salud y vida
Esta es una obligación de en el caso de las modalidades basadas en el voluntariado que es recomendable extender a las modalidades de cooperación técnica profesional y que corresponde a la entidad promotora de la iniciativa de cooperación técnica respecto a las personas cooperantes que participan en la misma.
Esto debe incluir un seguro de viaje que recoja las principales incidencias que se puedan prever en relación el mismo, accidentes durante la estancia y la realización de la actividad.
A su vez es necesario cubrir con un seguro privado de salud, accidentes y vida a las personas cooperantes que permita la cobertura sanitaria en el país de destino, así como asumir cualquier incidencia relacionada con hospitalizaciones, repatriación, lesiones o fallecimiento., así como los gastos de repatriación relacionados.
Se debe informar a la persona cooperante de los detalles y prestaciones del seguro contratado.
En la guía que acompaña el curso puede conocer más sobre los requisitos en este aspecto.
Obligación de cubrir gastos por razón del servicio
Con carácter general estos gastos deberán ser cubierto al personal técnico cooperante bien a cargo de la entidad promotora de las iniciativas de cooperación técnica bien a cargo de la administración para la que presta servicio, según las respectivas regulaciones por indemnizaciones por razón de servicio.
Evaluación de riesgos laborales
La participación de empleados públicos en acciones de cooperación técnica puede suponer, en función de la duración, la modalidad y el lugar de realización, la necesidad de reevaluar los riesgos laborales vinculados a su puesto y la adopción de medidas específicas por parte de los servicios de prevención de las entidades promotoras.
A este fin es conveniente que los servicios de prevención de aquellas entidades que realizan acciones de cooperación técnica impliquen a los servicios de prevención en el diseño y seguimiento de las mismas a fin de tomar medidas específicas.